Subcategorías
IAE 647.1
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor
IAE 647.2Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados
IAE 647.3Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en superservicios, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se halle comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados
IAE 647.4Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas sea igual o superior a 400 metros cuadrados
IAE 647.5Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras
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Descripción y epígrafes
1.ª No están comprendidas en este epígrafe las actividades de comercio al por menor de carne y pescado frescos, ni la venta de tabacos.
2.ª Este epígrafe faculta para el comercio al por menor de jabones y artículos para la limpieza del hogar.
Epígrafes
- Epígrafe 647.1 — Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor
- Epígrafe 647.2 — Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados
- Epígrafe 647.3 — Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en superservicios, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se halle comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados
- Epígrafe 647.4 — Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas sea igual o superior a 400 metros cuadrados
- Epígrafe 647.5 — Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras
Fuente: BOE — Real Decreto Legislativo 1175/1990, texto consolidado.