Descripción y notas explicativas
Esta clase comprende:
- la fabricación de prendas de vestir, incluidas la indumentaria laboral, hecha de cuero
o de cuero artificial o regenerado, por ejemplo, abrigos, sobretodos, chaquetas, pantalones y delantales
- la confección de artículos de peletería:
- prendas y accesorios de peletería elaborados con piel
- ensamblados de peletería, por ejemplo, pieles cosidas, láminas, tapetes, cintas,
etc.
- artículos de peletería diversos: alfombras, pufes sin rellenar, gamuzas para la
limpieza industrial, etc.
Esta clase no comprende:
- la producción de pieles de peletería en bruto (véanse 01.48 y 01.70)
- la producción de cueros y pieles en bruto (véase 10.11)
- la fabricación de pieles de imitación (tela de pelo largo obtenida por tejido o tricotaje)
(véanse 13.20 y 13.91)
- la fabricación de prendas de vestir exteriores con cuero sintético (véase 14.21)
- la fabricación de prendas de vestir exteriores guarnecidas con piel (véase 14.21)
- la fabricación de ropa de trabajo no confeccionada con cuero o cuero artificial (véase
14.23)
- la fabricación de gorros de piel (véase 14.29)
- la preparación y el teñido de pieles (véase 15.11)
- la fabricación de calzado con partes de piel (véase 15.20)
- la fabricación de guantes de cuero o de cuero artificial o regenerado especialmente
diseñados para un uso deportivo (véase 32.30)
Fuente: CNAE 2025 — Notas explicativas, febrero de 2026.